Según el Diario Oficial de la Unión Europea del 5 de mayo de 2023, el 25 de abril, la Comisión Europea emitió el Reglamento (UE) 2023/915 "Reglamento sobre contenidos máximos de ciertos contaminantes en los alimentos", que derogó el Reglamento de la UE.(CE) nº 1881/2006, que entrará en vigor el 25 de mayo de 2023.
El Reglamento (CE) nº 1881/2006 sobre límites de contaminantes ha sido revisado muchas veces desde 2006. Para mejorar la legibilidad del texto reglamentario, se debe evitar el uso de un gran número de notas a pie de página y, teniendo en cuenta las circunstancias especiales de determinados alimentos, la La UE ha formulado esta nueva versión de las regulaciones sobre límites de contaminantes.
Además del ajuste estructural general, los principales cambios de las nuevas regulaciones implican la definición de términos y categorías de alimentos. Los contaminantes revisados incluyen hidrocarburos aromáticos policíclicos, dioxinas, bifenilos policlorados DL, etc., y los niveles límite máximos de la mayoría de los contaminantes permanecen sin cambios.
Los principales contenidos y principales cambios de la (UE) 2023/915 son los siguientes:
(1) Se formulan definiciones de alimento, operadores alimentarios, consumidores finales y comercialización.
(2)Los alimentos enumerados en el anexo 1 no se comercializarán ni se utilizarán como materias primas para la elaboración de alimentos; Los alimentos que cumplan los niveles máximos especificados en el Anexo 1 no se mezclarán con alimentos que excedan estos niveles máximos.
(3) La definición de categorías de alimentos se acerca más a la normativa sobre límites máximos de residuos de plaguicidas del Reglamento (CE) 396/2005. Además de frutas, verduras y cereales, ahora también se aplican las listas de productos correspondientes a frutos secos, semillas oleaginosas y especias.
(4) Está prohibido el tratamiento de desintoxicación. Los alimentos que contienen contaminantes enumerados en el Anexo 1 no deben desintoxicarse intencionalmente mediante tratamiento químico.
(5)Las medidas transitorias del Reglamento (CE) nº 1881/2006 siguen aplicándose y se establecen expresamente en el artículo 10.
Los principales contenidos y principales cambios de la (UE) 2023/915 son los siguientes:
▶ Aflatoxinas: El límite máximo de aflatoxinas también se aplica a los alimentos procesados si constituyen el 80% del producto correspondiente.
▶ Hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP): en vista de los datos analíticos y los métodos de producción existentes, el contenido de hidrocarburos aromáticos policíclicos en el café instantáneo/soluble es insignificante. Por lo tanto, se cancela el límite máximo de hidrocarburos aromáticos policíclicos en productos de café instantáneo/soluble; Además, aclara el estatus del producto aplicable a los niveles límite máximos de hidrocarburos aromáticos policíclicos en las leches en polvo para lactantes, las leches en polvo complementarias y las fórmulas alimentarias para lactantes para usos médicos especiales, es decir, solo se aplica a los productos en formato listo. -estado de comer.
▶ Melamina: Lacontenido máximoen las fórmulas líquidas instantáneas se ha aumentado hasta el límite máximo existente para la melamina en las fórmulas para lactantes.
Contaminantes con límites máximos de residuos establecidos en (UE) 2023/915:
• Micotoxinas: aflatoxinas B, G y M1, ocratoxina A, patulina, deoxinivalenol, zearalenona, citrinina, esclerocios del cornezuelo y alcaloides del cornezuelo de centeno.
• Fitotoxinas: ácido erúcico, tropano, ácido cianhídrico, alcaloides de pirrolidina, alcaloides opiáceos, -Δ9-tetrahidrocannabinol
• Elementos metálicos: plomo, cadmio, mercurio, arsénico, estaño.
• COP halogenados: dioxinas y PCB, sustancias perfluoroalquiladas
• Contaminantes de proceso: hidrocarburos aromáticos policíclicos, 3-MCPD, la suma de 3-MCPD y ésteres de ácidos grasos de 3-MCPD, ésteres de ácidos grasos glicidílicos.
• Otros contaminantes: nitratos, melamina, perclorato.
Hora de publicación: 01-nov-2023